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Los dueños de los locales serán sancionados si no piden el pasaporte covid

En cualquier momento tanto los titulares de los locales como los agentes de la autoridad "podrán requerir" a los clientes la exhibición del documento para el acceso al local.

Imagen obtenida de un vídeo de EiTB Media.
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Agencias | EiTB Media

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Euskaraz irakurri: Lokaletako jabeei isunak jarriko dizkiete covid ziurtagiria eskatu ezean

Los titulares de los establecimientos afectados por la implantación del pasaporte covid en Euskadi serán los responsables a partir de este sábado de los incumplimientos en la exigencia de este certificado y podrán ser sancionados.

Esta advertencia se recoge en la orden que ha firmado este viernes la consejera de Salud, Gotzone Sagardui, que entrará en vigor este sábado cuando se publique en el Boletín Oficial del País Vasco.

El certificado covid se exigirá concretamente en establecimientos que ofrecen al público actividades de esparcimiento como discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculo, bares musicales y karaokes.

También en los pubs y bares especiales habilitados para el ocio nocturno a partir de las 22:00 horas y en restaurantes con capacidad autorizada de plazas de comedor superior a 50 comensales.

Según se recoge en la orden, en cualquier momento tanto los titulares de los locales como los agentes de la autoridad "podrán requerir" a los clientes la exhibición del documento para el acceso al local.

"De los posibles incumplimientos será responsable la persona titular del establecimiento"

Los responsables del establecimiento deberán garantizar el respeto a la normativa vigente en materia de protección de datos y el certificado solo podrá ser solicitado en el momento de su verificación "no pudiendo conservarse ni crearse ficheros con los datos que afecten a la salud de los participantes".

Se informará a los clientes mediante cartelería visible desde la entrada del establecimiento de los requisitos para el acceso al local y de las medidas aplicables, y se recordará también la obligatoriedad del uso de mascarilla, que podrá ser retirada únicamente en el momento de la ingesta.

"De los posibles incumplimientos será responsable la persona titular del establecimiento y se sancionarán en los términos previstos" en la legislación.

Recuerda la orden que esta exigencia no afecta a los menores de 12 años, que aún no están vacunados, y aclara que el pasaporte requerido será el certificado covid digital de la Unión Europea que emiten tanto Osakidetza como otras administraciones sanitarias.

Esta medida seguirá vigente mientras que la tasa de incidencia acumulada de casos covid por cada 100.000 habitantes en 14 días sea igual o superior a los 150 casos.

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