Proceso de paz
Propuesta Zuzen Bidean
Redacción
Se trata de 20 propuestas para “recomponer el estado de normalidad en el derecho penal y penitenciario”. El documento no es un documento cerrado, si no un punto de partida.
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El Gobierno Vasco, a través de la Secretaría General para la Paz y Convivencia, ha presentado la Propuesta Zuzen Bidean, un documento que recoge 20 proposiciones para recomponer, tras el fin de ETA, la normalidad en el derecho penal y penitenciario.
Según una nota enviada a los medios, esta propuesta se enmarca dentro de la iniciativa número 8 del Plan de Paz y Convivencia y se trata de ?un documento complementario al Programa Hitzeman de promoción de procesos de legales de reinserción?, presentado el pasado 1 de octubre.
Las proposiciones concretas que contiene la Propuesta Zuzen Bidean se presentan en dos bloques: 10 sugerencias de cambio en la política penitenciaria que no necesitan modificación legal, y 10 sugerencias de modificación legal en materia penal y penitenciaria.
El Gobierno Vasco coincide con muchos juristas en que en materia de derecho penal y penitenciario, ?la lucha contra el terrorismo de ETA se deslizó en los últimos años hacia una práctica interpretativa y de cambios legales que cabe enmarcar en el ámbito de lo excepcional?, destaca en la nota.
Este proceso -añade- encontró su punto culminante en la aprobación de varias leyes orgánicas en 2003: ?se introdujeron límites difusos en las conductas tipificadas como terroristas, se debilitaron las garantías de procedimiento, se alargaron las penas hasta lindarlas con la cadena perpetua o se entorpeció gravemente la posibilidad constitucional de reinserción?.
Actualmente, según la Secretaria de Paz y Convivencia, una vez desaparecida la amenaza de retorno del terrorismo de ETA y el riesgo de reincidencia, es necesario y pertinente recomponer la normalidad penal y penitenciaria.
Éstas son algunas de las propuestas de cambio, sin que implique una modificación legal:
1. La transferencia de prisiones, tal y como establece el Estatuto de Gernika en los artículos 10.14 y 12.1.
2. El acercamiento de los presos y presas a prisiones cercanas a su domicilio. No hay impedimento legal para ello. (Artículo 12.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria).
3. Aplicar la ley (Artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario) en el caso de los presos enfermos.
4. Agrupar a presas y presos con hijos en un mismo centro penitenciario. No existe impedimento legal y es un imperativo de humanidad.
5. Proceder a la puesta en libertad condicional de las personas mayores de 70 años (Artículo 196 de la LOGP).
"Inaceptable"
Además, Fernández ha señalado que es "inaceptable" que el PP "contraprograme"al Tribunal Supremo en lo relacionado al cómputo de penas pasadas en cárceles de otros países de la UE y ha señalado que debe respetarse la directiva europea.
En este sentido, Fernández ha señalado que "no es admisible" que el PP haya incluido dos enmiendas en el Senado a la hora de transponer la directiva europea para "impedir y contraprogramar" la doctrina del Tribunal Supremo.
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