Sociedad -

VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Condenado en Navarra a 32 años de cárcel un hombre que abusó sexualmente de su hija y dos hijastras   

La Audiencia de Navarra considera que las declaraciones de las denunciantes fueron corroboradas por las pruebas periciales. La sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

Palacio de Justicia de Navarra, en una imagen de archivo. EITB Media
Palacio de Justicia de Navarra, en una imagen de archivo
Palacio de Justicia de Navarra, en una imagen de archivo. EITB Media

EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: 32 urteko kartzela zigorra ezarri diote Nafarroan alaba eta bi alabaorderi sexu erasoak egin zizkien gizonari

La Audiencia de Navarra ha condenado a 32 años y 3 meses de cárcel a un hombre que abusó sexualmente de forma continuada de su hija, cuando tenía 8 años, y dos hijastras, de 10 y 13 años. Además, de su hija también abusó cuando era mayor de edad, con 20 años.

Según la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el encausado, actualmente de 45 años, deberá indemnizar a su hija con 50 000 euros y a sus hijastras con 35 000 y 50 000 euros. 

El fallo considera probado que entre septiembre de 2008 y enero de 2009 el procesado abusó de la hija, de 10 años, de su entonces pareja y de su hija, nacida en mayo de 2000.

Posteriormente, entre noviembre de 2017 y julio de 2018, el acusado mantuvo una relación sentimental con otra mujer. Entonces, ambos residían en Tudela. Con la pareja también convivía una hija de 13 años de la mujer. Cuando esta se tuvo que desplazar durante un mes al extranjero, él aprovechó para intensificar los tocamientos que realizaba a la menor, a la que obligó a una relación sexual.

En marzo de 2020, según recoge la sentencia, su hija, que entonces ya tenía 20 años, se fue a vivir con su padre a una habitación que tenía alquilada en un piso de Pamplona. Ambos dormían en la misma cama. Durante la convivencia, "ante la presión ejercida por el acusado", la joven accedió a mantener relaciones sexuales.

El fallo recoge que "los testimonios de las denunciantes constituyen en el presente caso prueba de cargo suficiente", y que, frente a ello, "la versión de los hechos dada por el acusado carece de relevancia para privar de valor a esa prueba de cargo tan contundente". Además, añaden los magistrados, las declaraciones de las denunciantes vienen corroboradas por determinados aspectos que han reflejado las pruebas periciales.

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