Sociedad -
BORRADOR DE LA LEY TRANS
La Ley Trans permitirá a menores cambiar de sexo en el registro sin informe médico
Entre los 12 y los 16 años será necesario el consentimiento de los tutores, requisito que desaparece a partir de los 16 años.
EITB MEDIA | EFE
Euskaraz irakurri: Adingabeek sexua aldatu ahalko dute erregistroan, medikuaren txostenik gabe
La futura Ley Trans diseñada por el Ministerio de Igualdad del Gobierno español permitirá el cambio de sexo en el registro sin necesidad de informe ni tratamiento médico a partir de los 16 años, y entre los 12 y los 16 con consentimiento de tutores.
El borrador, al que ha tenido acceso la agencia Efe, fija la despatologización de la transexualidad, en línea con la Organización Mundial de la Salud, y garantiza protección y derechos específicos a toda aquella persona "cuya identidad de género no se corresponde con el sexo asignado al nacer".
Fuentes del Gobierno español han precisado que aún no han consensuado el borrador de la Ley Trans elaborado por el Ministerio de Igualdad. Han añadido que el citado borrador responde a los postulados que defiende Unidas Podemos, no el conjunto del Gobierno, y que el texto ha de seguir la "tramitación habitual" en la que participen distintos ministerios, principalmente Justicia y Sanidad.
El Ministerio de Igualdad aspira a iniciar la tramitación legislativa de este anteproyecto de ley en la primera quincena de febrero, razón por la cual se reunieron la pasada semana la ministra Irene Montero y la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo.
Estos son los ejes del proyecto de la Ley Trans:
- Se reconoce el derecho a la identidad de género libremente manifestada, sin necesidad de aportar diagnóstico médico o psicológico alguno. Como principal novedad, se elimina el requisito de diagnóstico de disforia de género para el cambio de sexo en el registro y será suficiente la libre declaración de la persona interesada.
- Se elimina el requisito de la mayoría de edad para solicitar la rectificación de la mención registral del sexo.
Los mayores de 16 años estarán plenamente legitimados para solicitarlo; los menores de entre 12 y 16 años podrán hacerlo a través de sus representantes legales o con su consentimiento; y en el caso de los menores de 12, los padres o tutores podrán pedir el cambio de sexo registral con la conformidad de los niños.
- El cambio de sexo en el registro no alterará las causas jurídicas abiertas con anterioridad a la modificación registral. Se busca tranquilizar así a colectivos feministas que alertaban de la posibilidad de que algunos agresores recurrieran a esta ley para evitar las penas que establece la ley de violencia de género.
- La rectificación de la mención registral al sexo no obliga a cambiar el nombre y, para facilitar la plena inclusión de los menores, se les permite cambiar el nombre sin rectificar el sexo.
- El derecho a la identidad de genero libremente manifestada se reconocerá también a los extranjeros que se encuentren en España, con independencia de su situación administrativa.
- El Ministerio del Interior adoptará las medidas necesarias para que los documentos oficiales de identificación puedan omitir, a petición de la persona interesada, la mención relativa al sexo.
- En el capítulo dedicado a la atención sanitaria, se garantiza atención específica a las personas trans y se prohíbe también obligarlas a que se sometan a tratamiento.
El Sistema Nacional de Salud ofrecerá tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugías genitales, mamoplastias, mastectomías y material protésico y las personas trans con capacidad de gestar podrán optar a las técnicas e reproducción asistida.
- En el ámbito educativo, se garantiza el derecho de los alumnos a exteriorizar su identidad de género, por lo que se deberá respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro educativo conforme a su identidad de género.
- En las prácticas, eventos y competiciones deportivos las personas trans participarán según su sexo registral y no se podrán realizar pruebas de verificación de sexo, "sin perjuicio del oportuno cumplimiento de las normas que rijan las competiciones internacionales".
- En el ámbito laboral se establecen incentivos para la contratación de personas trans desempleadas, con especiales dificultades para incorporarse al mercado laboral.
- Las personas trans presas también tendrán derecho a que se les trate según su sexo registral, aunque podrán pedir ser separadas de ese grupo si temen que se pongan en riesgo su seguridad o intimidad.