Política -
Proceso judicial
Begoña Gómez no tendrá que asistir a la declaración de Barrabés
El empresario ha sido dado de alta, por lo que se le tomará declaración en el juzgado y no se realizará como prueba preconstituida como se había previsto. El juez Peinado había citado a Begoña Sánchez a la declaración y había avisado de que podría dictar una orden de detención en caso de no acudir.
Agencias | EITB Media
Euskaraz irakurri: Begoña Gomezek ez du Barrabesen deklaraziora joan beharko
Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, investigada en una causa por supuestos delitos de tráfico de influencia y corrupción en los negocios, no tendrá que acudir a los juzgados este próximo lunes, 15 de julio, para ser testigo de la declaración del empresario Juan Carlos Barrabés.
El juez Juan Carlos Peinado ha acordado tomar declaración al empresario Juan Carlos Barrabés en el juzgado y no en el hospital en el que estaba ingresado, dado que ya ha sido dado de alta.De esta forma, su testimonio no se realiza como prueba preconstituida y, por lo tanto, no es necesario que la esposa de Pedro Sánchez tenga que asistir de forma presencial.
El juez Peinado había previsto tomar declaración como testigo a Barrabés por videoconferencia por su delicado estado de salud. Asimismo, ante la ausencia de "un pronóstico de recuperación de su salud a corto plazo", le daba valor de "prueba preconstituida", es decir, con validez para todo el procedimiento judicial, incluso el juicio si llega a celebrarse.
A raíz de ello, había avisado a Gómez que estaba en la "obligación" de acudir a dicha declaración y le había advertido de que, si no lo hacía, podría dictar una "orden de detención" contra ella.
Por otra parte, el abogado defensor de Gómez, Antonio Camacho ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que archive la causa, alegando "que no existe elemento alguno que permita abrir la investigación universal" de la que, según estima, está siendo objeto. Camacho ha presentado un recurso contra el auto dictado el pasado día 2 por el juez Peinado.
El juez señaló que "los hechos objeto de investigación son todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es el presidente del Gobierno de España y que se contienen en la denuncia inicial". Añadía que quedaban excluídos de su investigación los hechos relativos a los contratos adjudicados a la unión temporal de empresas Innova Next y Escuela de Negocios The Valley, por la entidad pública Red.es, financiados con fondos europeos y cuyo conocimiento corresponde a la Fiscalía Europea.
Sin embargo, a juicio del abogado defensor, "se están investigando hechos respecto de los cuales ya la Audiencia Provincial sostuvo que no había base probatoria suficiente y ello, sin que se hayan aportado elementos distintos de los que se contenían en la denuncia inicial".
Camacho asegura en la alegación que los únicos elementos "distintos" que se han aportado recientemente a la causa son "las decenas de escritos presentados por las cinco acusaciones particulares", en su mayoría relativos a "cuestiones procesales derivadas de su personación" o a alegaciones que incluyen "más noticias de prensa y documentación que no aporta indicio alguno respecto de la conducta" de Begoña Gómez.
La defensa de Gómez insiste en que el juez Peinado está haciendo "un ejemplo práctico de lo que la doctrina ha venido en llamar una investigación prospectiva" y que "está yendo más allá de los límites de la investigación" que falló la Audiencia de Madrid.
Por lo tanto, el abogado sostiene que "si no existe la mínima base indiciaria" que relacione a Gómez "ni con los contratos que se están investigando (...) ni con las vicisitudes económica de Air Europa", "debe dejar de estar en este procedimiento en calidad de investigada".