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ELECCIONES VASCAS

Cómo solicitar el voto por correo desde hoy para las elecciones vascas

El voto por correo para las elecciones vascas se puede solicitar desde hoy y hasta el 11 de abril. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 17 de abril de 2024.

Oficina de correos
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AGENCIAS | EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: Nola eskatu posta bidezko botoa gaurtik EAEko hauteskundeetarako

Los ciudadanos ya pueden solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas de Euskadi que se celebrarán el domingo, 21 de abril de 2024, y el plazo de solicitudes será hasta el 11 de abril, según ha informado Correos en un comunicado de prensa.

El Parlamento Vasco ha quedado disuelto este martes con la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) del decreto de convocatoria de elecciones autonómicas para el 21 de abril, firmado por el Lehendakari, Iñigo Urkullu.

Por lo tanto, los ciudadanos que lo deseen pueden solicitar ya el voto por correo, de acuerdo a esa convocatoria publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 11 de abril (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Según ha informado Correos, los ciudadanos que opten por votar por correo tienen que solicitar el certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, un requisito imprescindible para ejercer este derecho.

El certificado se puede pedir por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos sin tener que acudir en persona a una oficina postal y los interesados debe acreditar su identidad mediante autentificación y firma electrónica.

Se aceptarán como válidos el sistema de identificación electrónica de Euskadi (BakQ) (mediante el uso de la tarjeta virtual), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).

También las solicitudes de voto por correo pueden realizarse en todas las oficinas de Correos de España y se deberán hacer personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial. En estos casos pueden ser presentadas por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, Correos ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la aplicación, la web o la oficina virtual.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en el País Vasco, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 1 de abril de 2024, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Por último, ha recordado a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 17 de abril de 2024.

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