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CATALUÑA

El Supremo se opone a conceder el indulto a los condenados por el "procés"

Los magistrados consideran que no se ha vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas a las que fueron condenados y que no hay prueba o indicio de arrepentimiento por parte de ellos.

Juicio del 'procés'. Foto de archivo: EFE
Juicio del 'procés'.
Juicio del 'procés'. Foto de archivo: EFE

EITB MEDIA | AGENCIAS

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Euskaraz irakurri: 'Proces' auzian zigortutakoei indultua ematearen aurka agertu da Auzitegi Gorena

El Tribunal Supremo se ha opuesto a conceder el indulto a los doce líderes independentistas catalanes condenados por sedición, malversación y desobediencia por el "procés".

La Sala de lo Penal ha emitido su informe (que es preceptivo pero no vinculante para el Ejecutivo) en el que rechaza conceder la medida de gracia, una decisión que está ya en manos del Gobierno, que tiene previsto resolver esta cuestión en verano tras estudiar los dictámenes del Supremo y la Fiscalía, ambos negativos.

Los magistrados consideran que no se ha vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas a las que fueron condenados y que no hay prueba o indicio de arrepentimiento por parte de ellos.

Subrayan también que los argumentos en los que se basan las diversas peticiones de indultos realizadas por terceros desenfocan el sentido del indulto porque dibujan una responsabilidad penal colectiva y, además, pretenden que el gobierno corrija la sentencia dictada por el Tribunal Supremo.

La Sala afirma que las razones invocadas para respaldar la extinción total o parcial de la pena impuesta pierden cualquier justificación "cuando se presentan como presos políticos quienes han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional, a voltear el funcionamiento ordinario de las instituciones y, en fin, a imponer la propia conciencia frente a las convicciones del resto de sus conciudadanos". El informe concluye que la pena sólo deja de ser necesaria cuando ha cumplido con la finalidad que legitima su imposición. Así, "la constatación del fracaso de los fines de prevención especial, apreciable sin necesidad de mayores esfuerzos argumentales, obliga a rechazar el indulto solicitado a favor de los condenados".

Rompieron la convivencia democrática La Sala que considera obsoletas acerca del significado de la resocialización del penado, "pero esta idea no es incompatible con la aceptación de que una sociedad pluralista, inspirada en valores democráticos, puede exigir mediante la imposición de una pena que la ruptura de las bases de la convivencia nunca sea el fruto de una decisión unilateral, apoyada en la engañosa movilización de una ciudadanía a la que irresponsablemente se empuja a construir un nuevo Estado que sólo existe en la imaginación de sus promotores". Añaden los informes, uno para cada uno de los condenados, que incluso flexibilizando el requisito legal del arrepentimiento la Sala no ve "una voluntad de reencuentro con el orden jurídico menoscabado" por su actuación.

"El mensaje transmitido por los condenados en el ejercicio del derecho a la última palabra y en sus posteriores declaraciones públicas es bien expresivo de su voluntad de reincidir en el ataque a los pilares de la convivencia democrática, asumiendo incluso que la lucha por su ideales políticos autorizaría la movilización ciudadana para proclamar la inobservancia de las leyes, la sustitución de la jefatura del Estado y el unilateral desplazamiento de la fuente de soberanía", subrayan los magistrados.

Palabras "antidemocráticas" de Cuixart El informe cita al condenado por sedición y líder de Ómnium Cultural Jordi Cuixart, que en su respuesta a la Sala afirma que todo lo que hizo lo volvería a hacer porque no cometió ningún delito. Esas palabras son para el tribunal "la mejor expresión de las razones por las que el indulto se presenta como una solución inaceptable para la anticipada extinción de la responsabilidad penal".

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