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Aprobado el decreto que regula la pesca profesional de la angula en Euskadi, con restricciones

También se establecerá un cupo máximo de capturas para asegurar la conservación de la especie. Además, se creará el Registro de Personas Pescadoras Profesionales de la Angula (REPROAN) que recogerá todas las licencias otorgadas por temporada, con un máximo de 150.

Un pescador de la angula. Imagen obtenida de un vídeo de archivo de EiTB Media
Un pescador de la angula, en una imagen de archivo
Un pescador de la angula. Imagen obtenida de un vídeo de archivo de EiTB Media

EiTB Media

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Euskaraz irakurri: Euskadin angularen arrantza profesionala arautzen duen dekretua onartu dute, muga batzuk jarrita

El Gobierno Vasco ha aprobado este martes el decreto por el que se regula la pesca profesional de la angula en Comunidad Autónoma Vasca (CAV), con restricciones, para garantizar una explotación sostenible de la especie.

A pesar de que hasta la temporada 2022/2023 se permitía la captura de la angula con fines recreativos, habida cuenta del estado de la población de anguila, se prohibió la pesca recreativa de anguila, manteniendo únicamente la posibilidad de una pesca profesional de la angula con restricciones. Hasta ahora en la CAV solo existián licencias para la captura recreativa o deportiva de la anguila.

Así las cosas, se apuesta por la llamada pesca centinela de la angula, lo que significa establecer unas capturas muy limitadas y controladas, el monitoreo y evaluación precisa de la pesquería y el control de capturas con la participación de la comunidad pesquera.

A partir de la publicación de este decreto, la pesca profesional de la angula se podrá realizar solo tras la obtención de una licencia (con un máximo de 150) que se concederá para una temporada y será única en el conjunto de la CAV. El Gobierno Vasco ha limitado el número a 150 licencias con carácter profesional, de ellas 138 en tierra y 12 en barco.

También se crea el Registro de Personas Pescadoras Profesionales de la Angula (REPROAN) que recogerá todas las licencias otorgadas por temporada, la identidad de las personas titulares, los datos de los barcos en su caso, y las cuencas donde se va a pescar.

La temporada de pesca de la angula se determinará anualmente de acuerdo con el criterio científico y técnico, y en coordinación con el resto de las comunidades autónomas de la cornisa cantábrica. También se establecerá un cupo máximo de capturas, que podrá ser actualizado a lo largo del período.

En la CAV se establecen las siguientes cuencas para pescar angula: Artibai, Bakio, Butroe, Deba, Las Arenas - La Peña, Abra - Las Arenas, Lea, Oka, Oria y Urola.

El nuevo decreto permitirá la pesca de angula desde tierra, con el arte denominado "baia" o "cedazo" —con un único arte por persona pescadora— o desde una embarcación —con un máximo de dos artes o cedazos—, independientemente de que sean una o dos las personas dedicadas a la actividad a bordo de la embarcación.

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