Economía -
Coronavirus
Aprobadas las ayudas para artistas que no pueden actuar por la pandemia
Con una partida de 2,5 millones de euros, los artistas de la CAV afectados por el parón de la actividad cultural podrán recibir hasta el 70 % de sus ingresos medios o 1.200 euros máximo al mes.
agencias | redacción
Euskaraz irakurri: Pandemiarengatik lan egin ezin duten artistentzako laguntzak onartu dituzte
El Consejo de Gobierno Vasco ha aprobado este miércoles una partida de 2,5 millones en ayudas a artistas afectados por el parón de la actividad cultural debido a la pandemia, que podrán recibir hasta el 70 % sus ingresos medios con un máximo de 1.200 euros al mes
Al tratarse de trabajadores con ingresos irregulares y picos de actividad a lo largo del año, para calcular la cuantía de las ayudas se ha tomado como referencia los ingresos medios mensuales recogidos en la declaración de la renta del año pasado.
En el caso de las personas que se han incorporado este mismo año a la profesión y que por tanto en 2019 no declararon IRPF, la cuantía será la equivalente al salario mínimo, es decir, 950 euros.
Estas ayudas "extraordinarias" tendrán carácter retroactivo desde el momento en que se declaró el estado de alarma y se mantendrán hasta que pueda retomarse la actividad cultural, aunque sin superar un periodo máximo de seis meses.
El objetivo de estas ayudas es "contribuir a paliar la situación de pérdida de actividad económica de estos profesionales" debido a la cancelación o suspensión temporal de la programación cultural como consecuencia del estado de alarma por el COVID-19, ha informado el Departamento de Cultura y Política Lingüística en una nota.
Pueden solicitarlas personas que se dediquen de forma exclusiva a una actividad cultural, lo que se demostrará si el 60 % de los ingresos declarados en el IRPF provienen de la misma.
Las profesiones incluidas en estas ayudas son la de actor, cantante, músico, bailarín, artista circense, técnico de sonido, directores de cine y teatro, regidores y pintores, entre otras actividades recogidas en un listado que podrá consultarse cuando se publique este anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco.
Las ayudas, cuyas solicitudes deben presentarse en Lanbide, preferentemente por internet, son incompatibles con prestaciones por cese de actividad, con el cobro del desempleo u otro tipo de prestación, ayuda o subvención sustitutiva de los ingresos.