Osasuna
Proceso electoral
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El socio Juan Ramón Lafón pidió suspender el acuerdo de la Junta Electoral de Osasuna para evitar que únicamente se considerara la cantidatura de Sabalza.
Juan Ramón Lafón / EITB.
El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Pamplona ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por Juan Ramón Lafón, en su demanda contra el Club Atlético Osasuna, de suspender el acuerdo de la Junta Electoral del 13 de noviembre.
Lafón pretendía "dejar sin efecto la proclamación como única de la candidatura de Don Luis Sabalza Iriarte" y "continuar con los plazos previstos del calendario electoral, convocándose las elecciones a presidente con concurrencia de Don Juan Ramón Lafón".
Según la resolución judicial, la candidatura de Lafón aportó un documento emitido por una entidad que "no consta registrada en el Banco de España", como exigen los estatutos, que dicha entidad "no dice que el preaval se convertirá automáticamente en aval, sino que se compromete irrevocablemente a depositarlo", y que además, "venció el 20 de noviembre de 2017".
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